CHILE. Superintendencia Medio Ambiente -Resolución- Aplica Medidas Previsionales pre procedimentales a "Iglesia Pentecostal ha de Venir" de Concepción. Ordena reprogramar actividades y horarios de culto, y prohíbe uso de parlantes o cualquier equipo sonoro.

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

iglesia evangélica, libertad de cultos, sanción administrativa, medio ambiente

Resumen

CHILE. Superintendencia Medio Ambiente -Resolución- Aplica Medidas Previsionales pre procedimentales a "Iglesia Pentecostal ha de Venir" de Concepción. Ordena elaborar una reprogramación de los cultos y actividades que se desarrollan en la iglesia, de forma que sean realizados de lunes a viernes entre las 08:00 a 20:00 horas, y sábado y domingo de 12:00 a 19:00 horas. Sumado a lo anterior, prohíbe el uso de parlantes o cualquier equipo sonoro tras acreditar los altos niveles de ruido denunciados por los vecinos, (entre otras medidas). 

Fuente: https://portal.sma.gob.cl/

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Publicado

2024-12-17

Número

Sección

CHILE - JURISPRUDENCIA